Reporte ifetel
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EstacionTipoNumero Oficio-Escrito-PlazoFechaSolicitaAsuntoPlazoHabilesNaturalesVenceStatusObservaciones 
 
XEGTOEscrito181952015-03-24Se da aviso de baja potencia, debido a robo en la planta transmisora.     
XEJPASolicitud68582011-08-10Cambio de ubicación de antena y planta transmisora al ubicado en Campo el Llano, Alpuyeca, Municipio Xochitepec, Mor.Se solicito cambio de ubicación de antena y planta transmisora.   Se negó el cambio de ubicación debido a que ya había vencido el plazo para operar la estación de AM, comunicado mediante oficio IFT/223/UCS/DG-CRAD/219/2015 de fecha 26 de enero de 2015.
XEDIEscrito0181962015-03-24Se da aviso de operación con baja potencia      
XEJPASolicitud92832011-11-29En alcance a el escrito 6858 en donde se ratifica la solicitud de cambio de ubicación de antena y planta transmisora al ubicado en Campo el Llano, Alpuyeca, municipio Xochitepec, Mor.     Se pasó dictamen positivo a la Dirección General Adjunta de Trámites y Servicios
XEFAEscrito0181972015-03-24Se da aviso de operación con baja potencia.  Habiles  En el escrito mencionábamos que tenemos 60 días para establecer el servicio.
XENCSolicitud388342012-08-23Se solicita cambio de ubicación de estudios al ubicado en Blvd Adolfo López Mateos # 932, C.P. 38040, Celaya, Gto.Cambio de ubicación de estudios Boulevard Adolfo López Mateos # 932, Centro, C.P. 38040, Celaya, Gto.    
XEFIEscrito181982015-03-24Se da aviso de operación con baja potencia.    En el escrito se menciona que en 60 días naturales.
XEPAVSolicitud22862009-05-11Se reitera la solicitud para cambio de ubicación de antena y planta transmisora a: Tantoyuca, Ver.     Se pasó el dictamen a la Dirección General Adjunta de Trámites y servicios para firma del Pleno como improcedencia debido a que no cumple con el punto 7.4 de la Norma por el desplazamiento de 104.21 km.
XHREC        
XEPAVSolicitud69292008-10-27Cambio de ubicación de antena y planta transmisora a: Tantoyuca, Ver.     Se pasó el dictamen a la Dirección General Adjunta de Trámites y servicios para firma del Pleno como improcedencia debido a que no cumple con el punto 7.4 de la Norma por el desplazamiento de 104.21 km.