Observaciones | Con oficio IFT/223/UCS/DG-CRAD/291/2015 de fecha 30 de enero de 2015, se determina improcedente el cambio de ubicación, debido a que con las características técnicas solicitadas existirían interferencias perjudiciales hacia las estaciones XHOY-FM, 90.7 y XHGEO-FM, 91.5 MHz, ambas de Guadalajara, Jal. |